A continuación, transcribimos los artículos respectivos del
Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación
Básica del Estado de Jalisco, en los que nos fundamentamos para la elaboración
del presente manual:
Artículo 75. La disciplina, entendida como las condiciones
indispensables para el desarrollo exitoso de los procesos de enseñanza y
aprendizaje, requerirá de un conjunto de normas de convivencia y tendrá un
carácter democrático y formativo, además será compatible con la edad del
alumno. De igual forma se constituirá como un medio fundamental para propiciar
y garantizar un clima escolar de armonía y respeto que sea favorable al
desarrollo integral de los alumnos y contribuirá a crear y mantener las
condiciones para el trabajo escolar.
Artículo 76. La disciplina escolar estará fundada en la
conciencia del cumplimiento del deber y tendrá por objeto mantener la
convivencia armónica entre los integrantes de la comunidad escolar; contribuirá
así, al logro de los fines de la educación. Será orgánica y constructiva, y
emanará de la actuación conjunta del personal escolar, padres o tutores y
alumnos.
Artículo 77. Con la conducción y coordinación del director o
el equipo directivo, la comunidad escolar, integrado por alumnos, personal
escolar y padres de familia o tutores, definirá sus principios y reglas de
convivencia a través de la elaboración de un Reglamento Escolar Interno.
Artículo 78. En el establecimiento de las reglas de
convivencia, así como en los mecanismos para su observancia, se preservará, por
sobre todo, el respeto a la integridad y dignidad humana de los alumnos y del
personal escolar.
Artículo 79. Las normas de convivencia específicas que se
establezcan en la escuela velarán por no contravenir el derecho de los alumnos
a recibir educación y a preservar el proceso educativo colectivo.
Artículo 80. Los actos de indisciplina darán lugar, con
acuerdo de los padres de familia o tutores del estudiante involucrado, a la
imposición de las medidas disciplinarias que correspondan por parte de la
autoridad educativa competente. En los casos en que sea reiterativa la
interrupción del proceso escolar por parte de un alumno o que su conducta o
actitudes pongan en riesgo la seguridad física o moral de sus compañeros, éste
deberá recibir ayuda especializada que le permita reubicarse adecuadamente en
el ambiente escolar. En tal caso, los padres de familia o tutores se
comprometerán a coadyuvar con la escuela en todo lo que este proceso implique.
I - DEL RESPETO A SÍ MISMO Y A LAS PERSONAS.
1º. El respeto a sí mismo y a los demás, es para todos,
un derecho y una obligación, por lo que se fomentará dentro y fuera del
plantel, entre los miembros de la comunidad escolar.
2º. El respeto a las demás personas y a sus bienes
materiales (útiles escolares, artículos de trabajo, deportivos, vehículos,
etc.), es la base de toda convivencia armónica, por lo que el respeto mutuo, es
compromiso de toda la comunidad escolar.
3º. El orden y la disciplina, por principio, se confían
a la dignidad y el honor de alumnos y alumnas; sólo en los casos en los que no
respondan a la confianza en ellos y
ellas depositada, intervendrá el personal de la escuela, con base en el
presente reglamento.
II – DE LOS DERECHOS DE LAS Y LOS ALUMNOS
4º. Tener igualdad de oportunidades para recibir
educación, dentro de las prescripciones de los reglamentos en vigor, de acuerdo
con los planes de estudio, programas y orientaciones que determine la
Secretaría de Educación Pública en general y en particular la Secretaría de
Educación Jalisco
5º. La educación que reciba el alumnado será
eminentemente formativa y, en consonancia con lo estipulado con el Artículo 3°
Constitucional, la Ley General de Educación y la Ley de Educación del Estado de
Jalisco, tenderá a desarrollar todas las facultades del ser humano; por lo que
su educación incluirá conjuntamente con su formación académica, las acciones
tendientes a adquirir actitudes sociales lícitas, comedidas, respetuosas y
necesarias para su integración armónica a la sociedad.
6º. Recibir del personal docente, directivo,
administrativo y de servicios trato igualitario, justo y respetuoso, sin
preferencia alguna, en el tratamiento de sus problemas académicos y
estudiantiles.
7º. Recibir todas sus clases oportuna y puntualmente,
conforme al horario asignado por las autoridades escolares.
8º. Recibir de todos los y las maestras, las
explicaciones necesarias para que les queden claros y explícitos los criterios
con los que serán evaluados, en cada una de las etapas del proceso
enseñanza-aprendizaje; así como la disposición a resolver sus dudas respecto a
los saberes.
9º. Conocer oportunamente los resultados de sus
evaluaciones y calificaciones, así como las aclaraciones pertinentes acerca del
por qué de las mismas, antes de entregar los resultados definitivos a la
Coordinación correspondiente y, en caso necesario, tener acceso a la revisión
de sus pruebas, trabajos, tareas y otros elementos motivo de evaluación, para
solicitar las aclaraciones o rectificaciones debidas.

10º. Hacer peticiones en forma respetuosa ante las
autoridades del plantel, de palabra o por escrito, individualmente o por medio
de comisiones, siempre que se trate de asuntos o iniciativas que tiendan a
corregir deficiencias o promover el mejoramiento y prestigio de la escuela,
recibiendo respuesta a más tardar en diez días hábiles.
11º. Formar clubes o sociedades de carácter cívico o
cultural, que actúen en consonancia con los fines de la escuela, según lo
estipule el Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de
Educación Básica en Jalisco y la normatividad de las Escuelas Secundarias
Técnicas.
III - DE LAS OBLIGACIONES GENERALES DE LAS Y LOS ALUMNOS
PARA LA CONVIVENCIA ARMÓNICA
12º. Cumplir con las disposiciones reglamentarias,
tanto generales como particulares (reglamentos de talleres, sala de cómputo,
biblioteca, etc.) así como los acuerdos emanados de las autoridades
escolares.
13º. Permanecer en el plantel, en el área
correspondiente (talleres, salón, etc.), durante todas las horas de trabajo
escolar, salvo que por causas justificadas se autorice su salida.
14º. Participar en las actividades que promueve el
plantel (campañas, festivales, desfiles, conferencias, concursos, etc.).
15º. Asistir con regularidad y puntualidad a clases y a
toda actividad escolar que se determine como obligatoria.
16º. Tener por cuenta propia y oportunamente todos los
materiales necesarios para recibir sus clases académicas, tecnológicas y de
desarrollo y, al recibir sus libros de texto, darles buen trato, forrarlos y
consérvalos en buen estado; en caso de maltrato o extravió, deberá reponerse,
así como también en caso de que el o la alumna cause baja del plantel.
17º. Estudiar en casa y desarrollar de manera oportuna, las actividades que se asignen en cada materia de su plan de estudios.
18º. Desempeñar eficazmente las comisiones escolares
que los y las maestras o las autoridades escolares le asignen.
19º. Cuidar que el edificio, áreas verdes, mobiliario,
material escolar, laboratorio, talleres libros, etc. de la escuela, se
mantengan en buen estado y limpios, por lo que queda totalmente prohibido el
rayado o pintado de cualquier parte del edificio, paredes, butacas y mueble con
“Graffiti”.
20º. Guardar dentro y fuera del plantel, en su porte y
modales, la decencia y el decoro dignos de personas cultas; así como las
actitudes sociales lícitas y necesarias para el prestigio de la escuela. En
consecuencia, deberán abstenerse de ejecutar actos como: fumar, ingerir bebidas
alcohólicas, escupir, jugar con violencia y agresión, apostar en juegos de
cualquier género, emitir gritos y silbidos groseros, grafitear paredes,
participar en acciones de bulliyng, tomar fotografías o videos sin permiso a
sus compañeros/as y profesores/as; así
como en el trayecto de regreso a su casa no detenerse a platicar en
grupos, con novio o novia, no participar en riñas etc., portando el Uniforme
Oficial, y en general, todo aquello que ponga en entredicho el prestigio del
plantel.
21°. Es obligación de los y las alumnas, no participar en
acciones de bullyng o acoso contra algún
compañero/a, ni como agresor/a ni como espectador/a; así como subir videos o
fotografías de sus compañeros/as o profesores/as a Internet con fines de burla
e humillación. Es obligación de todos/as, reportar este tipo de acciones al personal
de Servicios Educativos Complementarios.
22º. Es obligación de los alumnos y alumnas, entregar a
sus padres los avisos, citatorios y documentos que reciban, ya que es el medio
de comunicación usual entre los Padres de Familia y la Escuela.
23º. Las y los alumnos y deberán presentarse siempre
limpios y portar digna y correctamente el uniforme, sin accesorios ni arreglos;
para el caso de los hombres presentarse con cabello corto y normal (sin cortes
extravagantes o pintado de colores), fajados; las mujeres portaran la falda a
la rodilla, cara limpia, sin maquillaje ni pintura, para una mayor higiene
personal. Para no portar el uniforme, sólo podrá autorizarse con la
justificación directa y personal del padre de familia.
IV - DE LA
PUNTUALIDAD Y LAS FALTAS A CLASES
24º. El
horario en el turno matutino es de 7:00 a 13:30 hrs. y en el turno vespertino
de 14:00 a 20:30 hrs. Es obligación de los alumnos y las alumnas, llegar a la
escuela antes de la hora de entrada, portando todo el material que necesite
según su programación; y al momento de salir, retirarse inmediatamente a su
casa.
25º. Una vez
que haya ingresado al plantel, por ningún motivo se le permitirá regresar a su
casa por material olvidado o salir a comprarlo. Para salir de la escuela
durante su horario de clases, sólo se hará a solicitud de los padres, acudiendo
personalmente a la escuela.
26º. Los
alumnos y las alumnas que lleguen durante los primeros10 minutos después de la
hora de ingreso, tendrán derecho a retardo y se les permitirá el ingreso a su
salón o taller; posterior a ese lapso, se le permitirá el ingreso a su salón o
al taller, pero se les anotará la falta en el módulo correspondiente. En las
sesiones posteriores, sólo habrá tolerancia de cinco minutos para el traslado
del aula o taller.
27º. Si por
algún motivo, alguien llegara tarde, se le permitirá el ingreso sólo acompañado
(a) de su papá, mamá o tutor.

28º. La
acumulación de tres retardos contará como una falta y se enviará citatorio a
los padres de familia, en el entendido de que para tener derecho a evaluación
del periodo, deberá tener mínimo el 80% de asistencia.
29º. se
considera inasistencia a toda ausencia de clase, no importa que el alumno o
alumna se encuentre dentro del plantel, así como el ingreso a clase después del
tiempo límite para anotar retardo. Para permanecer fuera del salón en horas de
clase, se deberá contar con permiso del maestro (a) correspondiente, previa
justificación del motivo.
30º. En caso
de que él o la alumna no asista al plantel por alguna causa justificada, deberá
dar aviso a la Institución, recoger su justificante y presentarlo a los
Maestros correspondientes, en el entendido que el justificante sólo sirve para
conocer el motivo de su falta, pero el alumno (a) deberá regularizar los
trabajos o exámenes.
V - DE
LA CONDUCTA DENTRO DEL PLANTEL.
31º. Los y
las alumnas deberán participar de una manera ordenada y obligatoria en todos
los Actos Cívicos que organice la Escuela (honores a la bandera, desfiles,
ceremonias). A quien no participe se le aplicará la normatividad oficial y se
le sancionará con dos puntos menos en su calificación del periodo en la(s)
asignatura(s) de Educación Física y/o Formación Cívica y Ética, según
corresponda.
32º. Cuando
por accidente alguien rompa un vidrio, descomponga un sanitario, destruya un
mueble o cause algún desperfecto, tiene la obligación de comunicarlo en el área
de Prefectura y reponerlo o pagarlo, lo más pronto posible.
33º. Cuidar
del edificio es un deber de la comunidad escolar, por tal motivo, no deberán
rayar la paredes, mueble o sanitarios, así como cuidar y conservar las áreas
verdes pues constituyen la alegría y la salud para todos. Es una obligación moral
reportar a los y las compañeras que
cometan estos ilícitos.
34º. En las
horas que se asiste a la escuela, son horas destinadas al estudio sistemático,
por lo que queda prohibido introducir revistas de corte comercial; historietas,
revistas pornográficas, aparatos para audífonos y auriculares, celulares o
algún otro instrumento que pueda desviar el propósito de la educación. Sólo se
harán en excepciones, cuando se utilicen como material didáctico o de apoyo,
expresamente solicitados por sus maestros/as. Si se introducen sin
autorización, se recogerán y se entregarán a sus padres.
35º. Las y
los alumnos que asistan al plantel e introduzcan computadora portátil, lo hacen
bajo su responsabilidad y será su obligación tomar las medidas necesarias para
su cuidado; la escuela no se hace responsable de daños o extravíos. Además, en
caso de introducirlas, sólo harán uso de ellas durante sus clases.
36º. En
horas de clase, los y las alumnas deberán abstenerse de comer, tomar bebidas,
masticar chicle, etc. dentro de los salones, laboratorios y talleres.
37º. Al
interior del plantel, aún contando con la autorización de los padres, deberán
abstenerse de manifestar su relación de noviazgo, manteniendo una conducta
seria y respetuosa.
38º. En el
caso de que por alguna razón imprevista, algún grupo suspenda labores antes del
horario regular, los y las alumnas deberán retirase inmediatamente a su casa y
comunicar a sus padres el motivo de la suspensión. Sólo podrán permanecer
quienes se queden estudiando en la biblioteca o tengan autorización de
prefectura.
39º. En caso
de sismos, por recomendaciones de Protección Civil, las y los alumnos
permanecerán en las zonas de no riesgo; hasta que sus padres pasen a
recogerlos.
VI- DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
40º. Las
faltas para su sanción, se clasificarán en leves, intermedias, graves y
extraordinarias. Las faltas graves y
extraordinarias, se canalizarán al Comité Disciplinario de Turno, para su
análisis y sanción.
41º. Se
considerará falta leve, toda aquella que no violente la vida normativa del
plantel y que por su naturaleza, se puede evitar o se pueda corregir con una
llamada de atención del personal de la escuela; es decir, es una conducta
inaceptable, pero de consecuencias intrascendentes. Las faltas leves, son
“propiedad” del maestro/a en el aula, no son canalizadas a alguien más para su
manejo, las resuelve el maestro/a en turno. Al acumular tres faltas de este
tipo, se canalizará a prefectura y se citará al padre, madre de familia o
tutor(a) para solicitar su cooperación; en caso de reincidencia, se procederá a
una suspensión que no excederá de tres días.
42º. Se
consideran faltas intermedias, las faltas leves que se repiten y que empiezan a
producir afectación o daño moderado así mismo o a otros, o aunque sea la primera
vez que se presenta. Las faltas intermedias, son “propiedad compartida” del
maestro/a en turno con el prefecto/a, el apoyo psicopedagógico o la Dirección,
y aunque son manejadas por cada maestro que las enfrenta, deberás ser
asesorados por alguien más y dar un seguimiento a la situación. Si el caso lo
amerita, se procederá a una suspensión no mayor de tres días.
43º. Se
considera falta grave, a toda aquella que atente contra la normatividad y el
respeto entre la comunidad escolar, pero que se realice irreflexivamente o por
accidente, de la cual el alumno/a muestre arrepentimiento y disposición a
corregirla. Son aquellas conductas que producen un daño grave a quien las
adopta o a otros. Atentados contra los valores de una manera severa. Este tipo
de faltas serán canalizadas al Comité Disciplinario de Turno, para su análisis
y sanción.
44º. Se
consideran faltas extraordinarias, todas aquellas que atenten abiertamente
contra la salud y la vida normativa del plantel. Son conductas que ponen en
peligro real la vida, la salud o la libertad propia o de otras personas; es
decir, que atentan no sólo contra los valores, sino que van más allá y afectan
principios y derechos fundamentales. Es toda conducta que sea considerada como
un delito ante las leyes civiles y sociales. Este tipo de faltas serán
canalizadas al Comité Disciplinario de Turno, para su análisis y sanción.
45º. Toda
falta cometida y canalizada a prefectura o a los Comités Disciplinarios de
Turno, será reportada y asentada por escrito en el expediente del alumno/a.
46º. Los
Comités Disciplinarios se integrarán en los casos que lo ameriten y los
conformarán: La Directora y/o el Subdirector, el Coordinador del área
correspondiente, el Coordinador de Servicios Educativos Complementarios, el
Prefecto/a del grado correspondiente, un alumno/a del Comité de Protección del
grupo, un profesor/a ajeno al problema, un profesor/a con conocimiento del
problema y un padre o madre de familia del Comité de Protección Familiar del
grupo; los cuales analizarán la problemática y determinarán el tipo de sanción,
así como las acciones necesarias para resarcir el daño.
VII -
TRANSITORIOS
47º. Los
casos no previstos en el presente reglamento, serán turnados al Consejo Técnico
o al Consejo Consultivo Escolar, el cual determinará la gravedad de la falta y
el tipo de sanción que amerita, solicitando la colaboración de las autoridades
educativas competentes.
48º. Cuando
por su naturaleza la falta cometida este violando normas y leyes establecidas
por autoridades civiles, la escuela se deslindará de toda responsabilidad y
proporcionará las facilidades para la investigación.
EXCELENTE Y ATINADO TRABAJO MAESTRO. FELICIDADES! COMPARTIRÉ EN REDES SOCIALES.
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